Salud
Reglamentaron la ley para acceder a la historia clínica digital en todo el país
Dicho sistema garantiza a pacientes y profesionales de la salud el acceso a información clínica relevante.
Desde el gobierno reglamentaron este lunes la ley 27.706, que crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas, una medida que tiene el objetivo de garantizar que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.
Fue establecido mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 393/2023, el cual lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi y la ministra de salud, Carla Vizzotti.
Red de registro de pacientes
La ley, sancionada en febrero pasado, busca instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas, que opera como una red que intercomunica e interopera distintos sistemas de registros de pacientes.
Así se dejará constancia en el sistema de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social.
Se establece además que deberá contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.
La información clínica contenida en estos sistemas, su registro, actualización o modificación y consulta se efectuarán bajo "estrictas condiciones" de seguridad, integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad, conservación, disponibilidad, acceso y trazabilidad, de acuerdo con la normativa vigente en la materia, precisó el texto.
La creación de este sistema garantiza a los pacientes y a los profesionales de la salud el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada persona desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando que la consulta de los datos quedará restringida a quien esté autorizado.
Modernización y acceso
Entre los fundamentos, la ley considera que el Estado nacional tiene la responsabilidad de avanzar "en el camino de la modernización tecnológica y digital de los procesos inherentes a la atención sanitaria", a la par de un "entramado regulatorio a nivel federal".
La norma establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud que tiene, entre otras, la atribución de determinar las características técnicas y operativas de la informatización y digitalización, elaborando un protocolo de carga de historias clínicas, así como también diseñar, implementar y poner a disposición del sistema de salud un software de historia clínica para interoperar en el sistema de salud.