JUSTICIA

Se apartó uno de los jueces de la causa Vialidad

Javier Carbajo se excusó de intervenir porque ya había opinado sobre el caso al resolver el juicio en el que se condenó a Lázaro Báez.

En la jornada de ayer, la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, recusó a los integrantes de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, los cuales deben resolver si confirman o no su condena en el marco de la causa Vialidad, hecho por el que se la condenó el pasado 6 de diciembre a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La presentación de la mandataria se hizo efectiva mediante el abogado Carlos Beraldi, quien recusó a Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo. En tanto, vale recordar que la exmandataria vinculó en varias ocasiones a los dos primeros magistrados con la administración de Mauricio Macri.

En ese marco, el juez Javier ­Carbajo tomó la decisión de apartarse por su cuenta como integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, y ahora deberá sumarse un nuevo miembro para luego empezar a analizar el veredicto.

La decisión de Carbajo se dio a raíz de haber opinado por hechos similares, por lo que en su explicación expresó: “Considero que mi intervención en estas actuaciones puede poner en crisis la garantía de imparcialidad que le asiste al acusado”.

“En resguardo de la imparcialidad que, como juez, me compete en el ejercicio de la misión de entender y decidir con integridad y sentido de la responsabilidad los asuntos sometidos a mi conocimiento, me excuso de seguir interviniendo en la presente causa”, agregó el ­magistrado.

Al mismo tiempo, agregó que la Constitución Nacional “exige que el juez que interviene en una contienda particular se aproxime a los hechos de la causa careciendo, de manera subjetiva, de todo prejuicio y, asimismo, ofreciendo garantías suficientes de índole objetiva que permitan desterrar toda duda que el justiciable o la comunidad puedan albergar respecto de la ausencia de imparcialidad”.

“Es mi obligación legal inhibirme de continuar interviniendo en el presente proceso para no comprometer, irremediablemente, el deber de imparcialidad que tengo como juez constitucional, atributo inabdicable de la función judicial para preservar sin alteraciones la confianza pública, y condición inexcusable para asegurar un juicio justo”, concluyó.