Economía
Se oficializó la prórroga hasta fin de año de los vencimientos de las prestaciones por desempleo
Este lunes se publicó la resolución en el Boletín Oficial. Otras las modificaciones es que las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo serán mensuales.
Mediante la resolución 890/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, se oficializó la prórroga hasta el 31 de diciembre de los vencimientos de las prestaciones por desempleo de la Ley N° 24.013 y de la Ley N° 25.371 que se produzcan entre el 1° de agosto de 2021 y el 30 de noviembre de 2021.
Se trata de una medida que había sido anunciada por el Ministerio de Trabajo el pasado sábado.
Se trata de aquellas cuyos vencimientos que fueran prorrogados por la Resolución 260/2020 del mismo Ministerio y/o por las Resoluciones de la Secretaría de Empleo 228/2020, 432/2020, 942/2020, 251/2021 y 576/2021.
La resolución determina además que las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo serán mensuales y el monto de las mismas será equivalente al 70% de la prestación original.
Se establece un total de 30 cuotas el límite máximo de las prestaciones a percibir por los titulares cuyos vencimientos fueran prorrogados por las mencionadas Resoluciones.
Por su parte, la Anses efectuará los cruces informáticos necesarios y demás controles a su cargo para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten alcanzados por la medida.
Por último, la Dirección Nacional de Promoción y Protección del empleo coordinará las acciones necesarias para la implementación de la resolución, y estará facultada para dictar las normas aclaratorias, complementarias, interpretativas y de aplicación que resulten necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.