Se podrán gestionar créditos para monotributistas y autónomos a tasa 0
Los interesados en el préstamo podrán gestionarlo desde el lunes y hasta el 29 de mayo a través de la página de la AFIP. El monto será determinado por el sistema, con un tope de 150.000 pesos para devolver en 18 cuotas con seis meses de gracia. La reglamentación dada a conocer por el Banco […]
Los interesados en el préstamo podrán gestionarlo desde el lunes y hasta el 29 de mayo a través de la página de la AFIP.
El monto será determinado por el sistema, con un tope de 150.000 pesos para devolver en 18 cuotas con seis meses de gracia.
La reglamentación dada a conocer por el Banco Central aclaró que si el solicitante no contara con una tarjeta de crédito, la entidad financiera que figura en el listado de la AFIP deberá emitirla con un límite de compra al menos igual al monto del crédito.
En ese caso, los bancos no podrán fijar ningún costo por la emisión de esa tarjeta ni por su mantenimiento, excepto que el cliente realice consumos por montos superiores al importe acreditado o una vez cancelada la financiación desee conservar la tarjeta.
Las entidades financieras deberán proceder a la apertura de una “Cuenta a la vista para compras en comercios” y mantener activo el producto de la tarjeta de crédito o cuenta a la vista para compras en comercios hasta la total cancelación del crédito.
Cuando la entidad deba emitir la tarjeta al cliente, deberá arbitrar los medios para priorizar su entrega en el menor tiempo posible.
A partir del momento de la primera acreditación y hasta la total cancelación del crédito, estará vedada la posibilidad de obtener adelantos de efectivo con la tarjeta.