Salud integral

Se reglamentaron las leyes de Interrupción Voluntaria del Embarazo y de los 1000 días

Tras ser aprobadas en el Congreso el 30 de diciembre y promulgadas en enero, el Gobierno publicó su reglamentación en el Boletín Oficial.

A través de los decretos 515/2021 y 516/2021 publicados este sábado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó Ley N° 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y la Ley N° 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia.

Ambas normas habían sido aprobadas por el Senado de la Nación el pasado 30 de diciembre y promulgadas por el presidente Alberto Fernández en enero de este año en un acto que tuvo lugar en el Museo del Bicentenario de Casa Rosada.

Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo

La iniciativa legaliza el aborto hasta la semana 14 inclusive y dispone que fuera de ese plazo se podrá acceder, a través de las causales que contempla hoy en día el aborto no punible: si el embarazo fuere resultado de una violación y si estuviere en peligro la vida o la salud de la persona gestante.

Además, da un tiempo máximo de 10 días corridos para que la persona gestante acceda a un aborto seguro tras solicitarlo en los servicios de salud. El proyecto también dispone la atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso, así como el acceso a información sobre métodos de anticoncepción.

Las obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo, que quedará incluida en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el Plan Médico Obligatorio (PMO) con cobertura total.

"El aborto ha sido por muchísimos años un problema de salud pública en la Argentina, principalmente, por las condiciones en que se producía y por las desigualdades geográficas, económicas y sociales. Dichas condiciones de inseguridad provocan daños en la salud y en la vida de las mujeres y otras personas gestantes, así como muertes evitables", se argumenta el decreto publicado este sábado.

Ley de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia

El objetivo de la ley de los mil días es fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia para reducir la mortalidad y la mal nutrición, y prevenir la violencia.

En esta línea, la ley crea la Asignación por Cuidado de Salud Integral, una suma de dinero que se paga una vez al año. El monto de la asignación es la mayor suma que corresponda por Asignación por Hijo o Asignación por Hijo con Discapacidad.

Tienen derecho a cobrar la Asignación por Cuidado de Salud Integral las personas que tienen derecho a cobrar la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

La Asignación por Cuidado de Salud Integral se cobra por cada niño o niña menor de 3 años de edad que se tenga a cargo.

Para cobrar la Asignación por Cuidado de Salud Integral se debe cumplir el plan de vacunación y control sanitario de acuerdo con los requisitos que establezca la ANSES.

Por otro lado, la norma también obliga al Estado nacional proveer de manera pública y gratuita los insumos fundamentales para las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y para los niños y las niñas hasta los 3 años, y acceso a la salud pública e integral.

La ley "asume que los procesos de gestación y el cuidado de las infancias son una responsabilidad de todo el entorno familiar y de la comunidad", explica el decreto.

"El derecho a la salud integral de las personas gestantes, sin distinción de género, orientación sexual, identidad de género, clase social, etnia y nacionalidad, y de los niños y las niñas durante los primeros años de vida implica también el derecho a una vida libre de violencias", agrega.