Elecciones 2023

Sos autoridad de mesa o si tenés que votar

En agosto y octubre (en noviembre si hay balotaje), tomarán lugar los comicios nacionales que decidirá el próximo presidente. Cómo votar desde el exterior.

En agosto y octubre de este 2023 habrá elecciones nacionales en el país y la votación es obligatoria. Las personas de nacionalidad argentina o con residencia en el país, pueden ser seleccionadas para ser autoridad de mesa.

En todas las instancias de votación es necesario contar con documento y saber en qué lugar hay que hacerlo y si tenés alguna responsabilidad adicional en alguna fecha.

La obligación de votar solo es exceptuada para los menores de edad. En el caso de los jóvenes entre 16 y 17 años y los mayores de 75 años pueden elegir si desean presentarse o no a los comicios.

El Código Nacional Electoral advierte que quedan exentos de votar los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial; los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. 

Quienes sean parte de este grupo que tienen justificación para no votar deberán presentarse el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia.

También podrán no votar los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto, por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.

El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso, el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

En el caso delas autoridades de mesa, su designación          está a cargo de la Justicia Electoral del distrito correspondiente y se realiza a través de un sorteo. 

Dentro de las opciones para cumplir este rol entran todos los votantes de entre 18 y 70 años y se considera "el nivel de instrucción, edad o por haberse inscripto en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa".

Las personas elegidas serán notificadas por telegrama en el domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad. Estas personas deben saber leer, escribir y no estar afiliado a ningún partido político. Previo al día de la votación hay que realizar una capacitación.

Quienes realicen ambas actividades, la formativa y la presencial en comicios, recibirán un total de $ 40.000 en concepto de viáticos.