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Vouchers Educativos 2024: la reglamentación completa que oficializó el Gobierno hoy

Conocé los detalles que publicó el Ministerio de Capital Humano en el Boletín Oficial este lunes 8 de abril.

El Gobierno aprobó la reglamentación de los Vouchers Educativos 2024 para colegios privados mediante la Resolución 90/2024 del Boletín Oficial de hoy, que ya entra en vigencia desde esta mañana.

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, lanzó el programa de asistencia Vouchers Educativos 2024 para ayudar a familias que envían a sus hijos a establecimientos privados de los niveles inicial, primario y secundario con una subvención del 75% o más y una cuota que no supere los $54.396. Conocé cada una de las normativas aprobadas hoy para este programa.

Vouchers Educativos: La reglamentación completa que aprobó el Gobierno, uno por uno

Artículo 1° - Objeto. Aplicación: Regular el otorgamiento de la prestación temporaria “VOUCHERS EDUCATIVOS”, creado por la Resolución N.º 61/24 del Ministerio de Capital Humano.

Artículo 2° - Objetivos: El Programa “VOUCHERS EDUCATIVOS” busca brindar apoyo temporal a familias de menores recursos cuyos hijos asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada en niveles inicial, primario y secundario con al menos un 75% de aporte estatal.

Artículo 3° - Intransferibilidad: La asistencia “VOUCHERS EDUCATIVOS” se otorgará a quienes ejerzan la responsabilidad parental de estudiantes de hasta dieciocho años de edad inclusive al momento de la inscripción, que asistan a instituciones educativas públicas de gestión privada con al menos 75% de aporte estatal. Esta prestación será de carácter personal e intransferible.

Artículo 4° - Obligaciones: Los titulares de la responsabilidad parental de estudiantes que asistan a instituciones con al menos 75% de aporte estatal y soliciten la asistencia del programa deben: A. Conocer y aceptar el Reglamento del Programa. B. Verificar, completar y mantener actualizados los datos personales y del grupo familiar en ANSES. C. Renunciar al Programa a través de la plataforma “VOUCHERS EDUCATIVOS”.

Capítulo III – Requisitos y Condiciones de Acceso: Artículo 5°: Pueden ser titulares de la asistencia temporal aquellos que ejerzan la responsabilidad parental de estudiantes de hasta dieciocho años al momento de la inscripción, asistiendo a instituciones educativas públicas de gestión privada con al menos 75% de aporte estatal, cumpliendo con los requisitos y condiciones del Reglamento.

Artículo 6° - Requisitos y condiciones: Los titulares deben ser argentinos nativos o naturalizados o extranjeros con residencia legal de al menos dos años y DNI. El ingreso familiar no debe superar siete Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. Completar la encuesta en la plataforma al inscribirse. Los estudiantes deben ser menores de dieciocho años y alumnos regulares.

Artículo 7° - Convocatoria: Convocatoria pública y abierta para la asistencia “VOUCHERS EDUCATIVOS”. Todos los que cumplan los requisitos establecidos pueden inscribirse.

Artículo 8° - Inscripción: Periodo de inscripción: del 3 al 30 de abril de 2024. Inscripción exclusiva para responsables parentales con CUIL durante el plazo estipulado. Un solo responsable parental puede inscribir a los estudiantes. Rechazo de inscripciones con CUIL ya registrado.

Artículo 9° - Procedimiento de inscripción: Solicitud de asistencia a través de un formulario en la plataforma “VOUCHERS EDUCATIVOS”. Información del formulario es declaración jurada. Falsedad de datos conlleva a la negación de asistencia y posibles sanciones administrativas. Posibilidad de modificar los datos hasta el cierre y envío del formulario de inscripción.

Artículo 10 - Rechazo: Inscripciones que no cumplan con los requisitos del reglamento serán rechazadas.

Artículo 11 - De la evaluación: Evaluación de postulaciones tras finalizar la inscripción. Dos componentes de evaluación: validación de la condición de regularidad del estudiante y evaluación socioeconómica del ingreso familiar.

Artículo 12 - De la validación de la condición de regularidad del estudiante: Instituciones educativas validarán la condición regular de alumnos inscritos en el Programa. Validación a través de la plataforma en períodos específicos: del 3 al 18 de abril para inscripciones tempranas, y del 19 de abril al 10 de mayo para las tardías. Nómina de estudiantes validados se remitirá a ANSES para la evaluación socioeconómica.

Artículo 13 - De la evaluación socioeconómica: ANSES realizará la evaluación socioeconómica basada en ingresos familiares registrados. Consideración de ingresos familiares para el cálculo, excluyendo ciertos conceptos y sumando otros.

Artículo 14 - Resultados de la inscripción: Resultados publicados en la plataforma del Programa. Aspirantes deben seguir y consultar resultados en la plataforma. Causales de denegación accesibles para los postulantes rechazados.

Artículo 15 - Aprobación de los beneficiarios: Otorgamiento de la asistencia tras el período de evaluación y obtención de resultados.

Artículo 16 - Reclamos: Posibilidad de reclamos por errores involuntarios o falta de validación educativa. Reclamos a través de la plataforma del Programa dentro de 5 días posteriores a la publicación del resultado.

Artículo 17 - Forma de pago: ANSES se encarga de la liquidación y pago por cuenta de la Secretaría de Educación. Pagos mensuales en mayo, junio y julio, o pago acumulado y restante según la validación.

Artículo 18 – Titular del cobro de la prestación: Criterios para determinar el titular del cobro, basados en la situación parental registrada en ANSES y circunstancias específicas de custodia.

Artículo 19 - Cese de la prestación: Causales para el cese de la prestación: vencimiento, muerte del estudiante, renuncia del titular, pérdida de la condición de alumno regular.

Artículo 20 – Momento del cese: La prestación cesa cuando la Secretaría de Educación conoce la causal del cese. Se informa a través de la plataforma del Programa.

Artículo 21 - Alcance. Obligación de las instituciones: Instituciones de niveles inicial, primario y secundario con 75% de aporte estatal incluidas. Obligación de certificar regularidad de estudiantes conforme a procedimientos y plazos del Reglamento.

Artículo 22 – Protección de datos personales: Tratamiento de información personal de inscritos conforme a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326.

Cuáles son los requisitos para acceder a los Vouchers Educativos 2024 en colegios privados

- Asistir a los niveles inicial, primario y secundario de colegios privados que cuentan con una subvención estatal del 75% o más.

- La cuota no deberá superar los $54.396 mensuales.

- El ingreso familiar no deberá superar siete Salarios Mínimo, Vital y Móvil, actualmente en $202.800; es decir $1.419.600 en total.

A cuántas personas alcanzarán los los Vouchers Educativos 2024 en colegios privados

El cálculo que hicieron desde la Secretaría de Educación es que los vouchers alcanzarán a casi 2 millones de chicos que asisten a más de 6000 colegios privados de todo el país.

De quién dependen los los Vouchers Educativos 2024

Los Vouchers Educativos dependen de la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano.

Cuánto se cobra por los Vouchers Educativos 2024 en colegios privados

- Reintegro del 50% del valor del arancel de jornada simple (sin actividades extracurriculares).

- Tope de $27.198 por hijo.

- Se acredita en la cuenta bancaria del titular.