La Plata

Apelaron el fallo por el caso de Mía Aguirre, la nena violada y asesinada

Los abogados de la abuela de la nena le pidieron al Tribunal de Casación que se revoque la pena de solo 8 años de prisión a la madre. Consideran que es la coautora del homicidio.

Los abogados Andrea Reynoso y Matías Pietra Sanz, quienes representan a la abuela y al padre de Mía Aguirre, apelaron a Casación bonaerense el fallo que condenó a solo ocho años de prisión a Cecilia Mailen Cabrera (29). Se trata de la madre de la nena de 3 años violada y asesinada el 20 de agosto del 2014 en una vivienda de Berisso.

Según los profesionales, en su fallo los jueces del Tribunal Criminal n°1 de La Plata consideraron que “hay otras situaciones que demuestran el conocimiento (de la acusada)”. Ello ocurrió con la versión que dieron el otro imputado, Nicolás Argañaraz (37), y la progenitora de la menor “a la Policía y a los médicos sobre que la nena se había ahogado”. Cabrera se defendió en su declaración en el debate diciendo que era lo que el padrastro le había dicho cuando volvió del baño y se encontró con el cuadro de descompensación de la nena.

“Pero como se ha demostrado, no ignoraba los maltratos infligidos a la niña por Argañaraz –ella misma lo afirma en el debate- ni tampoco ignoraba la situación violenta del propio maltrato coadyuvante al de Argañaraz, en el episodio en la parada de micros”, recordaron los abogados. Según el propio relato de los jueces, esos argumentos llevan a configurar el delito como homicidio agravado.

Participación

La magistrada del voto, Cecilia Sanucci, “reconoce la participación de la imputada sobre la salud y vida de Mía no solo con su consentimiento sino también con su accionar”. Por ello, Reynoso y Pietra Sanz cuestionaron que se haya condenado a solo ocho años de cárcel a la mamá de la menor, ya que la jueza la aplicó circunstancias extraordinarias de atenuación, al entender que ésta sufría violencia de género.

“Determinar que la imputada pueda estar comprendida dentro de las circunstancias extraordinarias de atenuación resulta absurdo, ya que el propio artículo (80 inc. 1 in fine) dispone que esto no será aplicable a quien anteriormente hu­biera realizado actos de violencia contra la mujer víctima”, explicaron los letrados.

En este sentido, los mismos aclararon que “si hablamos de víctima y mujer, lo hacemos claramente de Mía que fue quien encontró la muerte luego de haber sido violentada de las formas más viles tanto por el imputado Argañaraz como por parte de su propia madre, a quien en este caso se la trata hacer pasar como una persona víctima y sin herramientas reales para proteger a su propia hija, lo cual no es verdad”.

La niña “no solo vivía en un contexto de violencia de género cada vez que era golpeada o abusada por quienes debían cuidarla, sino también cuando los imputados ejercían violencia entre ellos, con las consecuencias psicológicas que esto acarrea para una nena de tres años”. “La violencia de género que ella (Cabrera) sufría por parte de Argañaraz no anula ni justifica la violencia que ella misma aplicaba”, aseveraron los abogados.

Al igual que Reynoso y Pietra Sanz, también la fiscal Silvina Langone iba a apelar la condena de ocho años de cárcel a la madre de Mía. Por su parte, en diciembre del 2021 el padrastro de la menor recibió una pena de 45 años de prisión.