Judiciales

Con perspectiva de género, fallaron a favor de una mujer que mató a su ex marido con un ladrillo

Su ex pareja había entrado borracho a su casa para agredirla.

La madrugada del 2 de octubre en Pocito, San Juan, Gabriela Macarena Nuñez, de 28 años y madre de cuatro niños, dormía con su pareja cuando su ex marido Gustavo Martínez, ebrio, irrumpió en la casa de manera violenta, la amenazó pero luego de una discusión se durmió.

Llamaron a la policía. Sin embargo, cuando esperaban a los efectivos, el violento se despertó. Llamó un remis y se fue en medio de los insultos. La ira de la mujer la hizo reaccionar contra Martínez; y cuando el sujeto se estaba por subir al remís, agarró un ladrillo roto que había en la puerta de la casa y se lo arrojó con la intención de golpearlo. El golpe fue tan fuerte y en punto clave de su cráneo que lo mató en cuestión de segundos.

Cuando el Ministerio Público Fiscal comenzó a indagar se imaginó que la violencia era un denominador crucial en la historia. Así fue como pudo demostrar que la relación tenía signos de violencia el primer día. Pese a eso, el fiscal a cargo, Francisco Micheltorena, pidió que la mujer permanezca presa en el Servicio Penitenciario mientras dure la investigación. El juez Andrés Abelín, que escuchó el pedido del MPF y de la defensa de la mujer (que había pedido lo contrario) resolvió 72 horas después del hecho dejarla tras las rejas al menos 4 meses.

Sin embargo, a un mes del crimen, la causa dio un giro inesperado. El Tribunal de Impugnación, representado por Juan Carlos Caballero Vidal, determinó que la mujer merecía quedar libre, bajo una caución juratoria de $100.000 y la promesa de no abandonar el país.

Caballero Vidal también señaló que su estado de libertad, que en definitiva favorecía a los niños, no iba a entorpecer la investigación ya que había elementos suficientes para marcar el escenario tal como se desplegó la mañana del homicidio. La presencia de Núñez en la calle no cambiaría la escena y las pruebas que ya se habían recolectado.

Por otro lado, en los fundamentos, el juez desarrolló un extenso capítulo basado en el calvario que Núñez vivía por causa de Martínez; los sometimientos reiterados al igual que la violencia que terminó por decantar en un acto de extrema violencia. Es por eso que la causa pasó a caratularse como “Homicidio en estado de emoción violenta”.

También, manifestó que Núñez “se encontraba en un estado psíquico emocional que había disminuido sus frenos inhibitorios, producto del sinnúmero de agresiones que había estado recibiendo esa noche por parte de la víctima Martínez".

A estos descargos le sumó el respaldo al pedido de la defensa de Núñez de que “existe carencia probatoria” para que le enrostren el delito con semejantes agravantes, como si fuese un hecho premeditado.

Con estos argumentos, y a contrapartida de lo que sostiene el Ministerio Público Fiscal sobre la acusada y sus malos comportamientos con vecinos, Núñez queda en libertad hasta que un nuevo fallo determine lo contrario.