VILLA LUGANO

Condenan a un hombre y sus tres hijas por amputarle la oreja a una vecina

Recibieron penas de entre 4 y 2 años y medio de prisión.

La Cámara Nacional de Casación Penal (CNCCC) confirmó las penas de entre 4 y 2 años de medio de prisión para un hombre y sus tres hijas por amputarle una oreja a una vecina en un hecho registrado en 2014 en el barrio porteño de Villa Lugano, informaron hoy fuentes judiciales.

La pena mayor, de 4 años, recayó sobre Patricia Álvarez Jiménez, mientras que su padre, Bruno Álvarez Herbas, recibió 3 años y medio al ser hallado “partícipe necesario” de “lesiones graves” y “amenazas”.

En tanto, las hermanas Pamela Álvarez Jiménez y Verónica Álvarez Jimenez fueron penadas con tres y dos años y medio de prisión en suspenso, respectivamente, y con “prohibición absoluta de acercamiento a la damnificada”.

Según constancias de la causa que la Sala 1 de la CNCCC tuvo por probadas, el episodio se registró la tarde del 19 de febrero de 2014 cuando Marina Andrea Samaniego fue atacada cuando caminaba por las calles Unanue y Pola, del barrio de Villa Lugano.

De acuerdo a la pesquisa, los acusados la interceptaron y le propinaron golpes, tras lo cual la sujetaron para que Patricia Álvarez Jiménez, con un elemento filoso, le amputara el pabellón de la oreja izquierda, mientras su padre la alentaba a hacerlo.

Semanas después, dos de las hermanas se cruzaron con Samaniego y, con un vidrio, amenazaron “cortarla” por haberlas denunciado.

La defensa argumentó que el padre y las dos hermanas consideradas “partícipes” no intervinieron en el hecho y que la autora cometió el ataque en respuesta a una agresión de Samaniego, con quien tenía una “relación conflictiva”.

Además intentó probar que la herida que en la oreja, por la cual la mujer fue sometida a varias cirugías, fue el resultado de una “mordida” que realizó de manera defensiva.

Al rechazar la versión de una pelea “mano a mano”, la Sala 1 de la CNCCC evaluó los dichos de varios testigos que presenciaron la agresión y las conclusiones de un médico especialista que descartó la posibilidad de una mordedura.

Dos testigos aseguraron que, tras la amputación de la oreja, la atacante no tenía sangre en la boca sino en sus manos y que usó un cuchillo u otro elemento cortopunzante, versión compatible, según peritos, con las características de la lesión provocada.

Para los camaristas Gustavo Bruzzone, Patricia Llerena y Jorge Rimondi, el tribunal oral que hace dos años impuso las condenas valoró “bajo estricto apego a la regla de la sana crítica” la prueba producida en el debate “alcanzando el grado de convicción necesario para tener por acreditada la mutilación”.

Los jueces ponderaron la “especial participación en el hecho” que tuvo el padre, porque “además de ejercer violencia sobre Marina Samaniego sosteniéndola” fue quien arengó a su hija para que “hinque, mate o lesione” a la víctima.