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Excarcelan a una mujer con antecedentes penales porque debe mantener a su hijo de 4 años
La decisión fue tomada por la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, que ponderó "el interés superior del niño".
La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional excarceló a una mujer con antecedentes y condenas penales por ser madre de un menor, de 4 años, que no recibe ayuda de familiares, por lo que de esta manera se ponderó "el interés superior del niño", confirmaron fuentes judiciales.
La Sala V de la Cámara revocó la prisión preventiva dictada en primera instancia a V.E.T. por el delito de hurto en grado de tentativa y le concedió el beneficio previo al pago de una fianza de 2.000 pesos y la obligación de presentarse cada 15 días ante el juzgado que instruye el último sumario en su contra.
El tribunal tomó la decisión, al considerar que en la actualidad no existe peligro de que la mujer, puesta en libertad para que pueda atender a la crianza de su hijo menor, pueda entorpecer la investigación.
"Si bien es cierto que no fue identificada su consorte de causa, aquella no reviste particular complejidad y la totalidad de la prueba fue obtenida, circunstancia que disipa el riesgo" de que la procesada pueda obstaculizar la pesquisa, concluyeron los camaristas Julio Lucini y Magdalena Laíno.
Agregaron que V.E.T. se identificó correctamente desde el inicio de la pesquisa, no se encuentra anotada con otros nombres en el Registro Nacional de Reincidencia y en lo que respecta a su arraigo, se verificó que vive con sus hijos de 4 y 18 años en un departamento en un barrio del sur de la ciudad de Buenos Aires.
"La imputada -remarcó el tribunal- es madre de un niño de tan solo de cuatro años de edad", por lo que "el análisis de la cuestión debe efectuarse también desde esta perspectiva y acorde a los lineamientos trazados en la Convención sobre los Derechos del Niño (Ley 23.849)".
La Sala V de la Cámara recordó que esa norma internacional, incorporada al derecho positivo argentino, "reconoce que los Estados Partes deberán velar porque el niño no esté separado de sus padres" para que estos puedan cumplir con la "responsabilidad primordial" de la crianza y desarrollo del menor.
Los camaristas evaluaron que, como debe prevalecer el derecho de los niños a ser criados junto a sus padres en un ámbito familiar, extender la prisión preventiva de V.E.T. "atenta contra los criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad para justificar la excepcionalidad del encarcelamiento" cautelar.