La Plata
Mía Aguirre: los fundamentos del fallo que generó descontento en su familia
El padrastro de la menor fue condenado a 45 años de cárcel por violarla y asesinarla. Sin embargo, su madre solo recibió 8 años de prisión.
Mía Aguirre tenía tres años cuando fue reiteradamente violada y golpeada por su padrastro Sergio Argañaraz (37) en la vivienda que este compartía con la madre de la niña, Cecilia Cabrera (29), en Berisso.
El hombre fue condenado a 45 años de prisión, tal como lo habían solicitado los abogados Andrea Reynoso y Matías Pietra Sanz, así como la fiscal Silvina Langone. Esta decisión del TOC n° 1 de La Plata dejó conformes a la abuela de la menor, Rosana Alegre, y al padre biológico de la niña, luego de más de siete años de pedir justicia.
Sin embargo, al momento de escuchar que Cabrera solo recibió ocho años de prisión, hubo gran descontento en Tribunales Penales. Ante esta situación, tal como adelantó este multimedio, los acusadores recurrirán a Casación bonaerense para que la pena a la madre de Mía sea elevada.
Circunstancias extraordinarias
“Fue probado que Cabrera no solo no evitó, en una situación que un tercero pudo ver, el comportamiento extremadamente violento que claramente advertía por parte de su pareja hacia su hija de solo tres años, sin hacerlo cesar, sino que, además, coadyuvó a dicha violencia con su propio comportamiento violento que desplegara sobre la niña, luego de la conducta de Argañaraz, a acrecentar esa situación de maltrato infantil”, indicó la magistrada Cecilia Sanucci, a cuyo argumento adhirieron Hernán Decastelli y Ramiro Fernández Lorenzo.
Sin embargo, luego llamativamente Sanucci valoró el testimonio de Cabrera por sobre todas las demás declaraciones. La madre de la víctima dijo que sufría violencia de género y que su pareja todo el tiempo le recriminaba que había dejado a Mía con su abuela materna. “Vivíamos con Mía muchos episodios de violencia. Nos pegaba, no nos dejaba tener vínculo con mi familia”, dijo la mujer, y agregó que le tenía que “pedir permiso para todo” a Argañaraz.
Los magistrados le aplicaron a Cabrera “circunstancias extraordinarias de atenuación para el homicidio calificado por el vínculo”. “La violencia de género que sufriera Cabrera sumada a su historia de vida que conllevó falta de contención, la falta de una figura materna con fuerte presencia, el maltrato de un padrastro, constituyen situaciones que deben ser enmarcadas como circunstancias extraordinarias”, indicaron los magistrados. Sin embargo, la propia Alegre y la acusada contaron que la abuela de la nena se hizo cargo de ella y la cuidó hasta que una orden judicial la obligó a devolverla a su madre.