JUSTICIA

Un juez autorizó a dos nenes a quitarse el apellido de su padre acusado de abusar sexualmente de ellos

Para autorizar la supresión del apellido, el juez se basó en informes de peritos psicólogos y ponderó el interés superior del niño al tomar la decisión.

Un juez de La Plata autorizó este martes a que dos chicos que fueron víctimas de abuso sexual por parte de su padre supriman su apellido y mantengan en uso únicamente el de la madre. Los hechos ocurrieron entre 2012 y 2013, cuando los nenes tenían 2 y 4 años. El agresor está detenido.

La decisión la adoptó el Juzgado de Familia 2, a cargo de José Luis Bombelli, quien hizo lugar al pedido solicitado por las víctimas y su mamá. El magistrado consideró que existen “justos motivos para la supresión del apellido paterno, ya que a los menores les provoca un severo malestar”.

El abusador, es Leonardo Martín Palacios, quien debe ir a juicio oral y público. Está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por el vínculo y por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima, abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo y corrupción de menores doblemente agravado por resultar las víctimas menores de 13 años y por el vínculo, todos ellos en concurso real”.

Para autorizar la supresión del apellido, el juez se basó en informes de peritos psicólogos que describieron que las víctimas “presentan preocupación vinculada al proceso elaborativo del trauma y lo han manifestado en reiteradas ocasiones”. “Buscan desafectarse del apellido paterno por la intensa angustia que les produce”, afirman esos escritos.

En el fallo del Juzgado de Familia 2, el magistrado Bombelli resolvió que “existen justos motivos para la supresión del apellido paterno, ya que a los menores les provoca un severo malestar”. Además, indicó que la medida “se encuentra prevista en el art. 69 del CCCN”.

Uno de los escritos periciales que se volcaron a la causa señala que los chicos manifestaron el malestar en reiteradas ocasiones y que el pedido “ha sido hecho sin influencia adulta en ambos niños”. “De los relatos se desprende claramente su necesidad de no poseer el apellido paterno, lo que les produce angustia y les recuerda a una persona que les ha hecho intenso daño, al que no pueden mencionar como papá ni por su apellido”, sostuvo el juez.

Agregó también que ambos “poseen una carga afectiva angustiante en torno a portar el apellido paterno, el que aparece con una connotación altamente negativa que impacta en su psiquismo, re-editando hechos traumáticos vividos.”

Por último, el juez indicó que ponderó el interés superior del niño, “un principio que debe ser una consideración primordial en la adopción de todas las medidas de aplicación”.

“La evaluación del interés superior del niño debe abarcar el respeto del derecho del niño a expresar libremente su opinión y a que se tenga debidamente en cuenta en todos los asuntos que le afecten”, concluyó.