ESPAÑA

La Justicia condenó a un diputado por pegarle una patada a un policía

Por la sentencia el funcionario no podrá participar en las actividades parlamentarias.

La Justicia española condenó a un mes y 15 días de cárcel al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por pegarle una patada a un a un policía durante una protesta contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), celebrada en La Laguna (Tenerife), en enero de 2014. Sin embargo, por la magnitud del delito, el funcionario finalmente podrá evitar la sentencia y solamente pagar una multa 540 euros.

Por la sentencia, en principio, el funcionario no podrá participar en las actividades parlamentarias, ni intervenir en el pleno ni en las sesiones de comisión, como tampoco podrá votar ni ejercer las funciones inherentes al control al Gobierno.

Además, dejará de cobrar la asignación que perciben todos los diputados mientras se mantenga la suspensión.

Por las últimas horas trascendió también, según fuentes judiciales, que la condena derivará en la pérdida del escaño, aunque en primera instancia se había descartado esa posibilidad según informaron medios españoles.

En los hechos probados de la resolución, se relata que el 25 de enero de 2014, en la localidad de La Laguna se organizaron distintos actos a los que estaba previsto que asistiera el entonces ministro de Educación y Cultura, José Ignacio Wert. La Policía organizó un dispositivo en las inmediaciones al tener conocimiento de que se había convocado una manifestación bajo el lema "Rechazo a la LOMCE".

Añade el documento que, sobre las 11 de la mañana, tras el vallado trenzado colocado como protección en las proximidades de la catedral se fue congregando un grupo de unas 500 personas que "comenzaron a proferir gritos e insultos contra los agentes y contra el citado ministro".

"En un momento determinado, los congregados comenzaron a arremeter contra el vallado, lanzando las vallas contra los agentes, así como objetos diversos como piedras, botellas de agua y otros", señala la sentencia, que indica que ello "motivó que una unidad policial que estaba preparada como reacción, se situara entre el vallado y los congregados, tratando de mantener la línea de protección, y auxiliando a los agentes que procedían a la detención de aquellos a los que habían visto desarrollar una actitud más agresiva".

El relato añade que "en el curso de los enfrentamientos físicos que tuvieron lugar entre éstos y agentes policiales, el acusado Alberto Rodríguez (...) que en ese momento se encontraba entre los primeros, propinó una patada en la rodilla a un agente de Policía que debidamente uniformado estaba cumpliendo las funciones propias de su cargo como integrante de la referida unidad policial, el cual, a consecuencia de aquella, sufrió una contusión de la que curó en un día sin impedimento para sus actividades habituales".

La Justicia argumenta que, para determinar la agresión al agente y la autoría de la misma, la prueba que ha tenido en cuenta es, fundamentalmente, la declaración del policía afectado, quien "en sus declaraciones no expresó duda alguna respecto a que el acusado fue quien le propinó, voluntariamente, una patada en su rodilla izquierda, en el curso de los incidentes que tuvieron lugar".