Desregulación

El Gobierno anunció la modernización del régimen de inversiones mineras

El Ejecutivo sostuvo que el objetivo es fortalecer la competitividad del sector, reducir cargas burocráticas y otorgar mayor seguridad jurídica a los proyectos que operan en el país.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, actualizó mediante el Decreto 482/2026 publicado este martes en el Boletín Oficial una norma de más de 30 años para simplificar trámites y atraer inversiones en litio, cobre, oro y plata en Argentina.

El Ejecutivo sostuvo que el objetivo es fortalecer la competitividad del sector, reducir cargas burocráticas y otorgar mayor seguridad jurídica a los proyectos que operan en el país.

Entre las modificaciones implementadas, se destaca la sustitución integral del Anexo del Decreto 2686/93 por una nueva reglamentación adaptada a las realidades tecnológicas actuales. En este sentido se obligará a tener un domicilio legal electrónico para validar todas las notificaciones, requisito indispensable para las presentaciones anuales.

La presentación de declaraciones juradas anuales e informes económico-financieros se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Además, el régimen de importaciones se integra con el Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y el Sistema Malvina para asegurar validaciones automáticas.

En paralelo, la nueva normativa redefine el concepto de integración regional, ampliando el límite de distancia entre los yacimientos y las plantas de beneficio a 500 kilómetros, en concordancia con excepciones que ya se han otorgado.

Asimismo, se introduce un régimen específico para prestadores de servicios mineros. Estos sujetos deberán acreditar que un porcentaje mínimo de su facturación anual proviene directamente de la actividad minera para mantener los beneficios de importación del artículo 21 de la ley.

En materia impositiva, se optimiza el procedimiento de devolución acelerada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la etapa de exploración, simplificando la documentación requerida y eliminando la obligación de notificar trabajos exploratorios previos.

Por otro lado, el decreto armoniza las exigencias de la Ley de Inversiones Mineras con la Ley General del Ambiente (N° 25.675). A partir de ahora, la acreditación del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) podrá satisfacer el requisito de previsión para la remediación de alteraciones ambientales, considerándolo un instrumento más eficaz y verificable que el mero asiento contable previsto anteriormente.

En este marco, las nuevas disposiciones entran en vigencia a partir del miércoles 24 de junio pero la Secretaría de Minería dispone de un plazo de 60 días corridos para dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su plena implementación.