Flexibilizaciones

El Gobierno nacional habilitó la entrada al país en micros internacionales

También se incluyeron la readecuación de los procedimientos para cruceros antárticos y bioceánicos.

Mediante la decisión Administrativa 1090/2021 publicada este sábado en el Boletín Oficial, se establecieron una serie de nuevas flexibilizaciones en las fronteras. Una de ellas es la habilitación del servicio de transporte internacional terrestre de pasajeros.

Se aclaró que el ingreso a la Argentina de estos vehículos “deberá realizarse exclusivamente por los corredores seguros habilitados o que en el futuro se habiliten por la autoridad competente”.

De esta manera, los ómnibus de larga distancia podrán ofrecer el servicio aunque bajo determinadas normas que se implementarán para cumplir con los acuerdos bilaterales que se suscriban en el marco del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

Además, se aclaró que la cartera que conduce Vizzotti “podrá recomendar la suspensión total o parcial de los servicios habilitados” sobre la base de “la evolución de la situación epidemiológica sanitaria en las zonas correspondientes”.

En tanto, las empresas que brindan esta prestación estarán obligadas, sin excepción, a “comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento” de todas las medidas de prevención, como haber completado el esquema de vacunación completo por lo menos 14 días antes y la prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al viaje, entre otras.

Por otra parte, mediante la misma Decisión Administrativa, el Gobierno avanzó con otras aperturas y, en este sentido, adecuó el reglamento para la actividad de los cruceros hacia la Antártida y los cruceros bioceánicos, y simplificó los protocolos para el relevo de las tripulaciones de buques y aviones internacionales.

Los cruceros bioceánicos y antárticos que pasan por la Argentina se encuentran habilitados para operar desde el 20 de octubre pasado, aunque estaba previsto que la reanudación se llevara adelante “de manera progresiva y segura”, siguiendo con los protocolos para prevenir los contagios de coronavirus.

Ahora, el Gobierno adecuó los requerimientos para la reapertura de la actividad y detalló, por ejemplo, que para el embarque en territorio nacional será necesario presentar la realización de un test PCR negativo realizado entre las 24 y las 48 horas previas.

También “se admitirá presentar el test PCR requerido para iniciar viaje a la República Argentina por otro medio de transporte, cuando el lapso desde la toma de la muestra no supere las 72 horas previas” al abordaje del barco y estarán eximidos de presentar esta prueba “quienes hayan iniciado el viaje en el crucero fuera del país”.

Se especificó que ante la presencia de casos sospechosos a bordo, se realizará test de antígeno y según el criterio médico, se confirmará con test PCR o LAMP a los contactos directos; pudiéndose, según la situación epidemiológica, requerir se practique test PCR a más personas que fueran contacto directo, o -en caso de brote o sospecha del mismo- a todos aquellos que las autoridades sanitarias competentes determinen e, incluso, “a todo el buque”.

Por último, se confirmó que, al igual que sucede con el resto de los transportes, los menores de 18 años que embarquen en cruceros podrán ingresar al país por ese medio aun cuando no estén vacunados.