Flexibilizaciones

Exceptúan del requisito de vacunación a extranjeros para ingresar al país

Abarca casos donde el viajero sea familiar de residente argentino, viaje por motivos laborales, deportivos o de estudio, o sea beneficiario de una visa.

Mediante la resolución 2948/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación dispuso más flexibilizaciones en las fronteras: se exceptuarán del requisito de contar con la vacunación contra el covid a ciertos casos de extranjeros que ingresen al país.

Desde el 1° de noviembre se había liberado las restricciones al turismo, pero con el requisito de contar con el esquema de vacunación completo 14 días antes de ingresar a Argentina. Si esto no se cumplía, el viajero debía realizar una cuarentena, y mostrar un PCR negativo entre el quinto y el séptimo día.

Con la nueva resolución, quedan exceptuados de contar con la vacunación contra el covid y realizar cuarentena los siguientes casos:

1. Ser familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajen por motivo de visita familiar y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia.

a. Deben ser hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes.

b. Documentación a presentar: Partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil / convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio.

c. La documentación debe estar apostillada. Presentará copia de pasaporte y declarará fecha programada del viaje.

2. Ser extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios / capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia.

a. Deben presentar documentación que justifique el criterio invocado, ya sea carta del empleador, carta del invitante en el país, o de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Turismo y Deportes.

b. Presentará copia de pasaporte y declarará fecha programada del viaje.

3. Ser extranjeros a quienes se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria, que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia.

a. Presentará copia de pasaporte y declarará fecha programada del viaje.

b. Se verificará la visa otorgada.

En estos casos, se pedirá un PCR negativo 72 horas antes de ingresar al país, y entre el quinto y el séptimo día de haber arribado.