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La Corte Suprema declaró inconstitucional la actual composición del Consejo de la Magistratura

Se trata del órgano encargado de la selección y remoción de los jueces. El máximo tribunal exhortó al Congreso a dictar una nueva ley.

La Corte Suprema declaró inconstitucional la actual composición del Consejo de la Magistratura, el órgano encargado de la selección y remoción de los jueces y juezas. El máximo tribunal exhortó al Congreso a dictar una nueva ley.

 En caso contrario, en un plazo máximo de seis meses, el Consejo debería volver a su integración anterior de 20 miembros con el presidente de la Corte a la cabeza de ese organismo. El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti -que incorporó una disidencia parcial-.

Semanas atrás, desde el máximo tribunal, dejaron trascender que trabajaban en un fallo sobre la composición del Consejo de la Magistratura y que una resolución adversa al gobierno de Alberto Fernández podría conocerse este jueves, como efectivamente sucedió.

El Consejo de la Magistratura tiene trece miembros desde 2006, cuando se aprobó la ley que rige actualmente. Esa ley había sido promovida por Cristina Fernández de Kirchner cuando era senadora.

Con el fallo que se conoció este jueves, ahora la Corte le da un plazo de 120 días al Consejo de la Magistratura para volver a su composición anterior, que era de 20 miembros, y exhorta al Congreso a que vote una nueva ley. 

Siguiendo estos lineamientos, el Consejo de la Magistratura debería incorporar siete integrantes más, si antes no logra aprobarse una nueva ley: un académico, dos jueces, dos abogados y dos representantes del Congreso. La novedad es que el presidente de la Corte --de acuerdo a la ley 24.939-- debería también presidir el Consejo de la Magistratura.

Para los supremos, la actual composición del Consejo es inconstitucional porque hay un predominio del estamento político por sobre el resto de los sectores que deben estar representados allí (abogados, jueces y académicos).

"Cualquiera que fuera la opinión que en abstracto se tuviera sobre la conveniencia de esta arquitectura institucional, es claro que ella no respeta el mandato constitucional de procurar una integración equilibrada entre los representantes de los distintos sectores que el constituyente creyó necesario integrar al ConsejoTampoco contribuye a despolitizar parcialmente el proceso de designación y remoción de jueces ni a aumentar el ―umbral de garantía de independencia judicial, objetivos que, como se dijo, fueron expresamente perseguidos por los constituyentes de 1994 mediante la creación del Consejo de la Magistratura y que se ven frustrados por las normas analizadas", escribieron los integrantes del máximo tribunal.